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Cambios en las Asignaciones Familiares y deducciones del impuesto a las Ganancias

El Centro de Economía Política Argentina (CEPA) realizó un análisis sombre la aplicación y cambios último en las Asignaciones Familiares y deducciones del impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría.

El viernes 27 de julio se publicó en el Boletín Oficial el decreto 702, el cual estableció tres importantes modificaciones en el régimen de asignaciones familiares –comúnmente entendido como salario familiar-, que perciben las y los trabajadores registrados. Por un lado, se elevó el piso del mínimo de ingreso familiar total para la percepción de las asignaciones familiares (de $200 a $2.816). En segundo lugar, se redujo el tope del ingreso familiar total, de $94.786 a $83.917.

Asimismo, un hogar no puede percibir la asignación si 1 integrante del grupo familiar cobra más de $41.959, cifra que se redujo en tanto se ubicaba en torno a los $47 mil. En tercer lugar, se eliminaron los plus o extra por zona que se habían establecido en la norma original, de 1996, y tenían el espíritu de impulsar el desarrollo de regiones específicas de la Argentina, como el norte, Cuyo y la Patagonia.

En la misma jornada se conoció una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, que limitó la deducción de hijas o hijos a cargo a sólo un cónyuge, y que tenía por objetivo –según palabras oficiales- evitar la superposición entre quienes percibieran asignación familiar por hija/o.

Estas medidas se dirigen a recortar derechos del sector registrado de la economía, en lo que refiere a las erogaciones en materia de seguridad social. Paradójicamente en el Staff Report elaborado por el FMI en julio de 2018 se contemplaba que tanto la Asignación Universal por Hijo como la Asignación Universal por Embarazo (derechos dirigidos a los sectores desocupados y no registrados de la economía), y también las Asignaciones Familiares, mantendrían un piso básico de protección, en el marco de una creciente tendencia a la reducción del déficit fiscal que recortaría recursos de otras partidas ajenas a las mencionadas. A continuación se cita la página 13 de dicho documento:

“A program floor on federal government spending on social assistance (a quarterly performance criterion) equivalent to 1.3 percent of GDP (or AR$177 billion) in 2018 and at a level that safeguards program coverage for 2019–20 while allowing benefits to rise according to the existing indexation formula. This represents an effort by the government to ensure that such spending is prioritized and protected within the budget.

The focus will be on programs that cover children through the existing social safety net: the universal child allowance program (Asignación Universal por Hijo, AUH) and the allowance for pregnant mothers (Asignación por Embarazo, AUE). Both programs (which together comprise the Asignación Universal para Protección Social) are efficiently administered, have reasonably wide coverage, and have been shown to improve socioeconomic outcomes in the target population.

In addition, the floor will protect social spending on contributory family allowances (including allowances to monotributistas which are included under the budgetary program named Asignaciones Familiares)” (Staff Report, July 2018, p. 13).

Traducción:

“Un piso del programa sobre el gasto del gobierno federal en asistencia social (un criterio de desempeño trimestral) equivalente al 1.3 por ciento del PBI (o AR $ 177 mil millones) en 2018 y a un nivel que salvaguarde la cobertura del programa para 2019-20 permitiendo al mismo tiempo que aumenten los beneficios la fórmula de indexación existente. Esto representa un esfuerzo del gobierno para garantizar que dicho gasto sea priorizado y protegido dentro del presupuesto.

La atención se centrará en los programas que cubren a los niños a través de la red de seguridad social existente: el programa universal de subsidios por hijos (Asignación Universal por Hijo, AUH) y el subsidio para las madres embarazadas (Asignación por Embarazo, AUE). Ambos programas (que en conjunto comprenden la Asignación Universal para Protección Social) se administran de manera eficiente, tienen una cobertura razonablemente amplia y se ha demostrado que mejoran los resultados socioeconómicos en la población objetivo.

Además, el piso protegerá el gasto social en asignaciones familiares contributivas (incluidas las asignaciones a monotributistas que están incluidas en el programa presupuestario denominado Asignaciones Familiares)”.(Staff Report, Julio 2018, p. 13).

En la última línea de la cita precedente, y realizando la traducción al español, el FMI señala que “Se protegerá el gasto social en asignaciones contributivas familiares (incluyendo subsidios a monotributistas que se contemplan en el programa presupuestario denominado Asignaciones Familiares)”. Podría argüirse que la redacción, sin embargo, es lo suficientemente ambigua para abarcar una reducción de los beneficios por zona (y modificar escalas) y mantener, de cualquier manera, la medida para el conjunto del país en tanto derecho básico de las y los trabajadores registrados (cuyos aportes personales a la seguridad social, en efecto, también tienen el objetivo de financiar este gasto).

Por otro lado, cabe señalar que fue el propio FMI quien recomendó la modificación de la fórmula de movilidad en 2017, sugiriendo su actualización por inflación, lo que inspiró la reforma previsional propuesta por el Ejecutivo y votada en diciembre 2017 (finalmente con una formula basada en un 30% por salarios y 70% por inflación). Ello redujo los niveles de movilidad no sólo de jubilaciones y pensiones sino también del sistema de asignaciones, respecto de la anterior formula basada en la variación en un 50% de los salarios y otro 50% de la recaudación.

A continuación analizamos el impacto fiscal de estas medidas y la cantidad de hijas e hijos menores de 18 años que se verán afectados por la reducción del plus por zona y las modificaciones en las escalas de ingreso familiar total e individual para percibir los beneficios.

Informe Completo:


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