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Créditos a tasa cero para monotributistas

El Gobierno nacional lanza nuevos Créditos a Tasa Cero por hasta $150.000 para monotributistas de todo el país. Más de 1 millón de pequeños contribuyentes podrán acceder al financiamiento.

Los créditos garantizados por el Ministerio de Desarrollo Productivo se tramitarán a través de la página web de la AFIP y las entidades financieras los acreditarán en un solo desembolso en la tarjeta de crédito de cada pequeño contribuyente. Los préstamos contarán con 6 meses de gracia y la devolución se realizará en 12 cuotas sin intereses. La posibilidad de solicitar un Crédito a Tasa Cero estará habilitada a partir de fines de agosto.

La medida se decidió en una nueva reunión del Gabinete Económico, encabezada por el Presidente de la Nación, Alberto Fernández, junto al jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero; los ministros de Economía, Martín Guzmán; Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; Trabajo, Claudio Moroni; la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont; el presidente del Banco Central, Miguel Pesce y la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco.

Tras el anuncio de la medida, la titular de la AFIP afirmó que “los nuevos créditos a tasa cero se suman a las medidas de alivio para monotributistas como la moratoria y las nuevas escalas de facturación. La herramienta apuntala el proceso de recuperación económica”.

Por su parte, la vicejefa de Gabinete sostuvo: “La economía argentina se está recuperando, estamos creciendo, aunque todavía haya mucho por recuperar. La Argentina va a crecer después de tres años de caída consecutiva y nuestro compromiso es ir poniendo las políticas públicas ahí donde creemos que se necesitan”.

Característica de los créditos

Los Créditos a Tasa Cero para monotributistas son una herramienta para apuntalar el proceso de recuperación económica. Durante 2020 la iniciativa ofreció financiamiento a 562.000 pequeños contribuyentes que accedieron a un monto superior a los $66.000 millones.

Al acceder con clave fiscal al sitio web de la AFIP, el monotributista podrá saber si, de acuerdo a los criterios fijados por la normativa del Ministerio de Desarrollo Productivo, está habilitado a tramitar un Crédito a Tasa Cero. El monto del préstamo al que podrá acceder cada pequeño contribuyente dependerá de la categoría de su monotributo previa a la recategorización (la que se encontraba vigente al 30 de junio):

  • Categoría “A”: hasta $90.000
  • Categoría “B”: hasta $120.000
  • Resto de las categorías: hasta $150.000

El trámite se inicia a través de la página web de la AFIP con clave fiscal. Al acceder los monotributistas deberán clickear en la solapa “Crédito Tasa Cero” donde podrán ver el monto del crédito que corresponde de acuerdo a su categoría.

Los interesados deberán seleccionar la entidad financiera donde está emitida su tarjeta de crédito para finalizar el trámite. Los fondos se acreditarán en esa tarjeta en un solo desembolso. Quienes no posean tarjeta de crédito deberán seleccionar el banco con el que operan habitualmente para continuar con la tramitación. El año pasado se emitieron más de 249.000 tarjetas a monotributistas que solicitaron los Créditos a Tasa Cero.

Aquellos monotributistas que accedieron a un Crédito a Tasa Cero en 2020 pueden volver a solicitarlo. Cuando la o el solicitante se encuentre en una situación de mora, la entidad financiera destinará una parte del nuevo crédito para cancelar el saldo adeudado del préstamo anterior.

Los Créditos a Tasa Cero contarán con una garantía del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR) y la bonificación de la tasa de interés que se concreta con el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP).

¿Qué criterios deben cumplir quienes solicitan un Crédito a Tasa Cero?

Además de los criterios en materia niveles de facturación, la normativa establece que para acceder a un crédito los monotributistas deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • No prestar servicios en el sector público nacional, provincial o municipal. Se considera que prestan servicios en esos sectores cuando al menos el 70% de su facturación haya sido emitida a favor de jurisdicciones o entidades del sector público.
  • No percibir ingresos por estar en relación de dependencia o por jubilación.
  • No estar en situación crediticia 3, 4, 5 o 6 informada por el BCRA.


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