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Plan Básico Universal Obligatorio para telefonía, internet y televisión

El Gobierno anunció que a partir del 1 de enero entra en vigencia el Plan Básico Universal Obligatorio para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, conexión fija a internet y tv por suscripción. El objetivo es favorecer la universalización del acceso a esos servicios a los sectores con menores ingresos.

Se estima que alcanzará a más de 10 millones de argentinos, número similar a los argentinos que recibieron el IFE. El anuncio lo hizo el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, junto a Claudio Ambrosini, presidente del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

Cafiero sostuvo que hubo buen diálogo con las empresas de telecomunicaciones. Además, al contar con usuarios con planes pospago como este sistema, estas contarán con mayor previsibilidad.

“El Estado está presente para cuidar los ingresos de las familias argentinas. Primero los últimos para llegar a todas y todos”, escribió el funcionario en sus redes.

El Plan Básico Universal Obligatorio que presentó el Gobierno
A partir de esta medida, la telefonía móvil tendrá un precio de $150 bajo el sistema prepago. Se le debe sumar los paquetes de datos, que contará con dos opciones: una por $200 por mes para un giga y la otra por $18 por día. Por su parte, la telefonía fija será de $380 por mes.

En cuanto al Internet, contará con tres prestaciones alternativas, según la cantidad de clientes totales con que cuenta cada empresa. Por parte de los prestadores con más de 50.000 clientes totales, en el AMBA el precio será de $700 por 10 Mbps, mientras que en el resto del país se ofrecerán 5 Mbps a $700. Para las compañías que posean entre 2.000 y 50.000 usuarios, los 5 Mbps estarán $700. Las personas beneficiarias podrán también optar por acceder al Plan de Menor Velocidad ofrecido por la compañía, con un descuento del 30% del valor. Por último, los prestadores con menos de 2.000 clientes totales brindarán 2 Mbps por $600.

Las personas que podrán acceder a este plan nuevo serán principalmente los desocupados, y los beneficiarios de planes sociales, al igual que sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años, y otros familiares. Los jubilados y pensionados con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos también podrán acceder a este beneficio.

Se incluirán a los trabajadores en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos y beneficiarios de seguro de desempleo y del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares. En cuanto a las personas no físicas, se podrán adherir los clubes de barrio y de pueblo que se encuentren registrados, asociaciones de bomberos voluntarios y entidades de bien público. [El Economista]


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