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Buenos Aires habilita medidas puntuales de excepción del aislamiento para actividades y servicios en otros 15 municipios

A partir de la Decisión Administrativa 524/2020 adoptada por la Jefatura de Gabinete de Ministros (JGM) de la Nación, por la cual se exceptúa a determinadas actividades y servicios del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO), el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires procedió a implementar un mecanismo de consultas y validación de las excepciones de manera conjunta con sus 135 municipios.

Como resultado, se han recibido 723 solicitudes de actividades y servicios a ser exceptuados del ASPO por parte de 96 municipios. En ese sentido, luego de realizar un exhaustivo análisis de la información, se dispuso lo siguiente:

  1. Exceptuar del ASPO a las siguientes actividades y servicios que se listan a continuación para cada uno de los municipios que hicieron una presentación apropiada de los distintos protocolos sanitarios y de funcionamiento:
  1. Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
  2. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
  3. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.
  4. Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.
  5. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
  6. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.
  7. Ópticas, con sistema de turno previo.
  8. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.
  9. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

Total de Municipios: 63

DISTRITO Inciso 1 Inciso 2 Inciso 3 Inciso 4 Inciso 5 Inciso 6 Inciso 7 Inciso 8 Inciso 9
25 DE MAYO X X X X X X X X X
9 DE JULIO X X X X X X X X X
ADOLFO ALSINA       X     X    
ALBERTI X X X X X X X X X
AVELLANEDA X X X X X X X X X
AZUL X X X X X X X X X
BAHÍA BLANCA X X X X X   X   X
BALCARCE       X X        
BOLIVAR X X X X X X X X X
BRAGADO X X X X X X X X X
CAMPANA X X X X X X X X X
CARLOS TEJEDOR X X X X X X X X X
CARMEN DE ARECO X X X X X X X X X
CHACABUCO X X X X X X X X X
CHASCOMÚS X X   X X X X X  
CHIVILCOY X X X X X X X X 

 

 


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