La sexta edición del CyberMonday argentino, la campaña nacional de ventas por Internet organizada por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE), de la cual participan alrededor de 400 empresas, se llevará adelante el próximo 30, 31 de octubre y 1 de noviembre.
Como es costumbre en la previa de las jornadas de compras online, desde Consumidores Responsables dieron a conocer consejos para los consumidores tengan en cuenta para evitar ser defraduados a la hora de realizar estas compras.
El presidente de la asociación, Henry Stegmayer manifestó que “siempre decimos que es una buena oportunidad para conseguir descuentos, pero tenemos que estar prevenidos porque aumentan las posibilidades de tener problemas con la compra. Este tipo de promociones intensivas requieren de consumidores alertas, bien informados, que conozcan sus derechos y como los ampara la ley».
- En primer lugar, debemos elegir de antemano cuál o cuáles son los productos o los rubros que nos interesan para concentrarnos en ellos y no dejarnos arrastrar por el bombardeo publicitario que nos habla de “grandes descuentos y de apurarse a comprar porque se agotan”. De esta forma se evitan compras compulsivas y adquirir productos innecesarios.
- De ser posible, mirar los precios con antelación al inicio del evento. Es que muchas veces se publicitan descuentos del 40 o 50%, que nada tienen que ver con la realidad
- Antes de comprar, comparar. Porque quizás encuentres el mismo producto a precios muy diferentes y porque a menudo existe un producto mejor que puede ser más barato o con mejor relación calidad/precio.
- Reconocer que se está comprando en un sitio web seguro. Se pueden reconocer estas conexiones al ver el ícono de candado en la mayoría de los navegadores. Además, la url debe empezar con ‘https://’ en lugar del ‘http://’ de las páginas tradicionales.
- Recordar que la posibilidad de adquirir ofertas y que la compra sea online no elimina la vigencia de los derechos de los consumidores, ni de la normativa que los protege. De modo tal que ante un conflicto con determinado producto, ningún vendedor se puede excusar de resolver la situación por haber sido adquirido mediante esa metodología. Y el consumidor debe reclamar
- La Ley de Defensa del Consumidor obliga a la empresa a cumplir con la oferta en caso de que la operación falle por culpa de los mecanismos de venta o falta de productos. Incluso, si eso ocurre, la empresa deberá mantener el precio aún pasado la fecha de la oferta. En el caso de que la oferta sea por cantidades limitadas, el proveedor debe informar cuantas unidades se encuentran disponibles.
- Por ley, todos los productos nuevos tienen como mínimo una garantía de 6 meses. Si el producto falla y es necesario trasladarlo, los costos corren a cargo del vendedor.
- El vendedor debe respetar el precio que publica e informar clara y detalladamente si existen costos extras, por ejemplo de envío, como así también acerca de las políticas de cambio y devoluciones. Si ofrece financiación, hay que asegurarse que se aclare el costo financiero total.
- Los principales inconvenientes con este tipo de ofertas masivas se dan por casos de “Publicidad Engañosa”. Es decir, compramos un producto con determinadas cualidades y cuando lo recibimos nos damos cuenta que esas cualidades no son tales. Para prevenir esto, es importante archivar -en caso de existir- los correos electrónicos, mensajes o chats enviados y recibidos durante la compra. Realizar ‘capturas de pantalla’ de las imágenes y los textos mostrados durante la publicidad del producto e imprimirlos. Además, siempre solicitar la factura de lo comprado, y el remito de entrega, que son los que servirán como prueba para iniciar cualquier reclamo.
- Lo más importante a tener en cuenta es la posibilidad que nos otorga el artículo 34 de la ley 24.240, por el cual el comprador tendrá 10 días corridos para arrepentirse y ese plazo se cuenta desde la fecha en que se entregue el producto o se celebre el contrato. Simplemente tiene que notificar al vendedor de su arrepentimiento y en caso de que haya sido entregado el traslado del bien corre por cuenta del proveedor.
«Es importante que los consumidores recuerden que ante la menor duda acerca del producto recibido, del precio abonado, de los plazos de entrega o por publicidad engañosa, deben primero reclamar a la empresa y en caso de no obtener respuesta satisfactoria, concurrir a los distintos organismos de Defensa de los Consumidores para continuar el reclamo.» explico Stegmayer.
Para finalizar expreso que «Lo que están en oferta son los precios no los derechos de los ciudadanos.»
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