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Para el cobro de haberes jubilatorios se puede otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria

Para el cobro de haberes jubilatorios se puede otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria

Los jubilados y pensionados tienen la posibilidad de nombrar a un apoderado para hacer trámites ante la ANSES o cobrar el beneficio previsional. Además, para percibir haberes, también puede apoderar a una entidad bancaria.

La gestión debe hacerse presencialmente en cualquier delegación del organismo.

Para conocer las características y los requisitos de cada uno de estos poderes, los interesados pueden ingresar en el sitio web de la ANSES (www.anses.gob.ar), sección Jubilados y Pensionados.

Asimismo, la ANSES informa que hoy, 19 de marzo, cobran los jubilados y pensionados con haber mensual que no supere los $4341 y cuyos documentos finalizan en 8. Los calendarios de pagos de todas las prestaciones pueden consultarse en www.anses.gob.ar.


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