El Concejo Deliberante de Ensenada protagoniza una nueva polémica luego de que ayer formalizara la sanción a una concejal de la oposición por “un exabrupto con insultos, sin usar barbijo ni respetar la distancia social”, durante una sesión. En medio de duros cruces con el oficialismo, la penalización, que fue rechazada por la edil, continuará ahora en la Justicia Contencioso Administrativa.
Desde la presidencia del deliberativo ensenadense, a cargo de Luís Blasetti, afirmaron que la sanción a la concejal de Juntos por el Cambio, Fernanda Iveli se aplicó por “sus reiteradas faltas a las normas, incumplimiento del reglamento y un exabrupto con insultos sin usar barbijo ni respetar la distancia social”.
El episodio referido ocurrió el mes pasado durante una sesión en la que, según el comunicado oficial, Iveli se levantó de su banca y “se dirigió de manera intimidatoria hacia el concejal del peronismo Esteban Spivak, increpándolo e insultándolo”.
Según analiza el portal RealPolitik «En verdad se aplicó estrictamente el reglamento interno, que sanciona faltas de los concejales, que debemos mantener el decoro en todo momento, sin ningún tipo de reserva: no violencia, no insultos, ni gritos ni interrupciones para que el cuerpo pueda cumplir con su función de legislar.
Los concejos son poderes legalmente constituidos de acuerdo al artículo 190 de la constitución provincial, y los miembros dictan actos de carácter legislativo -es decir, equiparable a las leyes en sentido formal y material- de acuerdo al artículo 77 de la vieja arbitrariedad que rige la vida de los municipios llamada Ley Orgánica de las Municipalidades.
Por lo dicho, la sanción es un instrumento de orden interno (administrativo, es decir, no judicial) para facilitar el fluir de la labor de los concejales. Hasta acá el cuerpo actuó en usos de sus facultades legales sin discusión.
Constituido el cuerpo en tribunal, una cuestión se decida por simple mayoría, solo otorgándole la palabra a la “rea” para argumentar, después de lo que se levantaron las manos, y fue sancionada, es una violación al derecho de defensa.
«Es una arbitrariedad, no de los concejales de la mayoría sino del reglamento interno que viola el artículo 15 de la constitución provincial que establece “la inviolabilidad de la defensa de la persona y de los derechos en todo procedimiento administrativo o judicial”.
Es decir que la aplicación de una sanción administrativa (como esta multa a la concejal Iveli) debe respetar el antiguo, arraigado e indiscutible derecho de defensa, que no existe en el reglamento interno de Ensenada.
El reglamento interno establece que, ante la reiteración de faltas al orden (que en este caso prolijamente se anotó en el acta, para en el futuro poder volver a sancionarla y finalmente aplicarle la expulsión del cuerpo como lo dice la ley Orgánica) o una falta más grave (nunca determinada con exactitud durante el “juicio” a Iveli) el cuerpo multará remitiendo a lo que dice la LOM.
Pero la ley orgánica establece (artículo 256) que la sanción se aplicará de acuerdo a las normas de su reglamento interno, el que no establece los mecanismos de defensa administrativos para la defensa que manda la constitución del estado provincial.
¿Y qué se hizo entonces? Se aplicó sanción administrativa automática, inaudita parte, por carencia de los extremos procesales que garanticen la defensa en causa de sanción administrativa.
Y esto reviste gravedad institucional. Que no existan esas garantías en el reglamento, no significa que son innecesarias porque en Ensenada existe una democracia mejor, plena, donde el derecho de defensa está garantizado, pero no escrito, por redundante.
Por su parte desde el municipio, salieron a defenderse por medio de Silvina Nardini, presidenta del Interbloque Sekista, quien sostuvo: “Tristemente, no es la primera vez que falta al cumplimiento de las normas en el desarrollo del Concejo. Una y otra vez se maneja de forma agresiva, con un discurso violento e incluso personalizado. Escasa de argumentos y sin sustento en sus dichos, acude a este tipo de estrategias”.
Asimismo, la concejal oficialista añadió: “Superó todos los límites, cada sesión tiene una actitud más violenta y agresiva. Entendimos que ya no podía cruzar esta línea, por eso no sólo repudiamos este hecho sino que solicitamos que se ponga a consideración la sanción, que fue votada y se efectivizará”.
Al respecto, la edil Iveli negó al diario platense EL DIA haber intimidado a su par y dijo que por la sanción, consistente en una multa de 5 mil pesos, se presentará a la Justicia Contencioso Administrativa para denunciar “arbitrariedad” y “violencia de género” por parte del deliberativo.
Según contó Iveli, el concejal Spivak acusó a la edil de “marcara personas para hacerlas desaparecer”, por lo que la edil se acercó a su banca con el barbijo medio bajo y le pidió que se retractara y le pidiera disculpas. “Mido 1,50 y Spivak, dos metros. ¿Cómo se sintió intimidado por mí?”, ironizó.
La concejal remarcó que “el maltrato y las agresiones son permanentes” y subrayó que la sanción, la primera en ese Concejo desde el retorno de la democracia, obedece a que “el bloque de Mario Secco tiene mayoría para votarla. Fui la víctima y me convirtieron en victimaria”.
“Me sancionaron porque soy opositora”, lanzó y tras insistir en que “las agresiones e insultos” que sufrió “en muchas sesiones violentas sin que se aplicara el reglamento”, remarcó que lo ocurrido es “una arbitrariedad”. (RealPolitik, El Día)
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