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Aprobaron la modificación del artículo 1 del Estatuto de UNLP

En el Consejo Superior del día miércoles último, se dio un paso histórico en la lucha por una universidad libre de genocidas, ya que se aprobó la reglamentación del artículo primero del Estatuto de la UNLP.

A este nuevo triunfo lo anteceden importantes victorias de los movimientos estudiantil y de derechos humanos platenses. Cabe destacar lo que fueron la expulsión de Enrique Perez Albizu en 2014 y la de Horacio Piombo en 2015, como casos emblemáticos y precedentes fundamentales de este nuevo avance.

En el caso de Albizu, se consiguió la exoneración de todo tipo de cargo en la UNLP para quien era entonces Vicedecano de la Facultad de Ciencias Médicas. El pedido de exoneración, presentado desde La Mella, presidencia de la FULP, fue motivado por el testimonio de Adelina Dematti de Alaye en el marco del Juicio vinculado con el centro clandestino de detención conocido como "La Cacha". Con su testimonio, Adelina – miembro fundador de Madres de Plaza de Mayo y Doctora Honoris Causa de la UNLP – demostró la participación del ahora ex Vicedecano de la Facultad de Ciencias Médicas, Dr. Enrique Pérez Albizú, en la firma de certificados de defunción de militantes detenidos – desaparecidos, blanqueando de esta manera el accionar genocida del terrorismo de Estado.

En mayo del año pasado tomó fuerte presencia en la agenda mediática un escandaloso fallo de los jueces Piombo y Sal Llargués, en el que reducían la pena de un condenado por el abuso de un menor. En esta ocasión, se produjo un importante proceso de lucha que culminó en la desafectación de Horacio Piombo, quien venía siendo docente de la Facultad de Derecho. Aquella vez, se remarcó que este fallo, junto con otros anteriores del mismo juez, resultaban violatorios de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

A partir de estas dos luchas, encabezadas por la FULP (conducida por La Mella-Patria Grande) y de los posteriores reclamos efectuados por este gremio estudiantil, comenzó a funcionar una comisión ad hoc, que confeccionó la ordenanza que reglamenta el artículo primero, la cual fue aprobada.

Aprobaron la modificación del artículo 1 del Estatuto de UNLP


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