En un revés judicial de alto impacto para la política de Berisso, la causa por presunta corrupción contra el exintendente Enrique Slezack ha vuelto a fojas cero. El pasado 24 de octubre de 2025, la Sala II de Casación Penal bonaerense revocó el sobreseimiento por prescripción que beneficiaba al exmandatario en el caso por presunta estafa y peculado en la venta irregular de un terreno fiscal en Villa Argüello.
La decisión no solo anula un fallo que parecía definitivo, sino que obliga al Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°1 de La Plata a dictar un nuevo pronunciamiento «ajustado a derecho», prolongando la agonía de un expediente que ha marcado la agenda local por más de una década y dejando el futuro de Slezack nuevamente en suspenso.
El nudo legal: Choque de interpretaciones en la Justicia

El motor que mantiene vivo este proceso es un cisma doctrinal que revela las profundas tensiones dentro de la judicatura bonaerense respecto a las garantías procesales frente a la demanda social de justicia en casos de corrupción. En junio de 2025, el TOC N°1 de La Plata, integrado por los jueces Hernán Decastelli, Cecilia Sanucci y Ramiro Fernández Lorenzo, había sobreseído a Slezack argumentando una «vulneración del plazo razonable», dado que la causa se inició en 2013. Esa decisión fue inmediatamente apelada por el fiscal Juan Pablo Caniggia y los abogados del particular damnificado, Leticia Iturmendi y Ernesto Martín.

La Sala II de Casación, con el voto de los jueces María Florencia Budiño y Fernando Mancini, demolió ese argumento. En un fallo contundente, sostuvieron que «el exceso en el plazo razonable de duración del proceso no aparece en nuestro ordenamiento jurídico como causal de extinción de la acción penal». En términos sencillos, los camaristas establecieron que la lentitud del sistema, aunque indeseable, no es una razón válida para cerrar un caso si no se cumplen las condiciones explícitas del Código Penal. En su resolución, enfatizaron que la ley solo permite extinguir una causa por motivos tasados como la muerte del imputado, una amnistía o la prescripción por el cumplimiento de los plazos legales, subrayando que esto último «no ocurrió en este caso».
Crónica de un juicio anulado

El juicio oral, que finalmente comenzó el 15 de mayo de 2025, fue la arena donde se enfrentaron las estrategias legales y se ventilaron las pruebas. El camino hasta el debate estuvo plagado de demoras, incluyendo la parálisis por la pandemia de COVID-19 y una suspensión en mayo de 2024 cuando Slezack presentó un certificado médico por Gripe A, más de doce años después de la denuncia original del 8 de marzo de 2013.
Al declarar, el exintendente negó haber recibido advertencias del Tribunal de Cuentas y denunció un presunto intento de soborno por 50 mil dólares, sugiriendo que le pidiera el dinero a la escribana María Luján Fogel, también procesada en la causa.
Comenzó el juicio a Enrique Slezack: Acusaciones de peculado y estafa en Berisso
En los alegatos finales del 16 de mayo de 2025, la fiscalía admitió no poder probar el delito de peculado, pero mantuvo firme la acusación por estafa. Específicamente, se lo acusó bajo una figura del Código Penal que castiga a quien «tornare imposible, incierto o litigioso el derecho sobre un bien», es decir, realizar actos jurídicos que enturbien la propiedad de un tercero. Por este delito, el fiscal solicitó una pena de un año de prisión en suspenso y dos años de reglas de conducta.

La defensa, a cargo de Christian Romano y Juan Pesquera, solicitó la absolución, argumentando que la venta fue un acto administrativo válido, aprobado por el Concejo Deliberante y sin objeciones del Tribunal de Cuentas. Sin embargo, la acusación replicó que el delito de peculado no requiere necesariamente advertencias administrativas previas para configurarse.
El origen: Un terreno fiscal en el ojo de la tormenta

Para comprender la magnitud del proceso, es clave volver al origen: un terreno fiscal en la calle 61 entre 122 y 123, en el barrio de Villa Argüello. La acusación central sostiene que el lote fue transferido durante la gestión de Slezack a un «precio vil», muy por debajo de su valor de mercado.
En el lugar vivía un vecino en situación de extrema vulnerabilidad, con «problemas de salud mental». Durante el juicio, la reconocida activista por los derechos humanos Rosa Bru, vecina del ocupante, testificó y manifestó sus «dudas sobre cómo se produjo el desapoderamiento del terreno». La sospecha se consolidó cuando en ese mismo lote se construyó una vivienda valuada en aproximadamente 150.000 dólares.
Este punto expone una contradicción central del caso. Mientras la fiscalía y los testigos denuncian el despojo de una persona desprotegida, la defensa de Slezack sostuvo en el juicio que se «asistió al ocupante original del terreno con la construcción de un departamento», presentándolo como un acto de ayuda social.
Slezack, Berisso y el peso del Peronismo

La figura de Enrique «Quique» Slezack es inseparable de la historia reciente de Berisso, distrito considerado cuna del peronismo. Intendente durante tres mandatos consecutivos (2003-2015), su carrera se caracterizó por un marcado pragmatismo, tejiendo alianzas que iban desde el kirchnerismo «paladar negro» hasta vínculos con el exgobernador Daniel Scioli y el exministro Florencio Randazzo.
El juicio ha polarizado a la comunidad local, donde algunos lo recuerdan como un líder comprometido y otros lo señalan como responsable de irregularidades. “Es importante que se haga justicia, pero también que se mantenga la estabilidad en Berisso”, comentó un residente anónimo, reflejando el sentir de una ciudad expectante.
Recientemente, en una entrevista con FM Berisso Ciudad, Slezack cuestionó al oficialismo local de su excontratista de obras públicas, Fabián Cagliardi: “Hay un par de usinas alrededor del intendente que ven cucos por todos lados. […] Hay que enfocarse en los verdaderos problemas que tiene la gente, no en estas tonterías”. Sobre su futuro político, fue categórico: “No tengo intenciones de volver. Estoy cansado, agotado físicamente. Ya cumplí mi etapa”.
Un futuro judicial incierto

Con la anulación de su sobreseimiento, la situación procesal de Enrique Slezack vuelve a la casilla de salida. La decisión de Casación no es una condena, sino una orden para que el proceso judicial continúe hasta alcanzar una sentencia sobre el fondo de la cuestión. El caso, que ya se extiende por más de una década, deja al descubierto la complejidad y lentitud del sistema para resolver causas de presunta corrupción, manteniendo un manto de incertidumbre sobre uno de los capítulos más controvertidos de la historia reciente de Berisso.

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